
Los drones FPV (First Person View) ofrecen una experiencia de vuelo inmersiva y versátil, muy valorada tanto por pilotos recreativos como profesionales de la filmación aérea. Sin embargo, la normativa de los drones FPV requiere comprender con claridad qué se puede hacer y qué no según el tipo de dron, su peso, el entorno y el uso.
Con la entrada en vigor de las nuevas actualizaciones normativas, muchos pilotos de drones FPV se preguntan: ¿Dónde puedo volar legalmente mi dron FPV? ¿Qué requisitos debo cumplir? En este artículo te explicamos, de forma clara y actualizada, todo lo que necesitas saber si vuelas drones FPV en Europa, con especial atención a la normativa española de AESA.
Requisitos generales para volar cualquier dron (incluidos FPV)
Tanto si vuelas en categoría abierta como en específica, y sin importar el tipo de dron (FPV, DJI, cinematográfico, etc.), debes cumplir una serie de requisitos generales:
1. Registro como operador en AESA
Todos los pilotos deben registrarse como operadores UAS en la web de AESA. Una vez registrado, recibirás un número de operador, que deberás colocar visiblemente en todos tus drones (incluso los de menos de 250 g si tienen cámara).
2. Formación mínima obligatoria
Depende del tipo de dron y del escenario de vuelo:
| Tipo de dron | Peso | Formación mínima |
| FPV < 250 g | <250 g | Ninguna obligatoria (solo leer el manual) |
| FPV ≥ 250 g | 250–900 g | A1/A3 (gratuita, online) |
| FPV > 900 g en ciudad | >900 g | A1/A3 + A2 (teórica) |
| FPV en categoría específica | Cualquiera | Formación STS-01 / STS-02 (teórica y práctica) |
3. Seguro de responsabilidad civil
- No obligatorio en categoría abierta.
- Obligatorio en categoría específica, ya que las operaciones suponen mayor riesgo.
4. Registro en el Ministerio del Interior
Aunque aún no está operativo, todos los drones con cámara o de más de 250 gramos (incluidos FPV) deberán registrarse también en el Ministerio del Interior. Puedes encontrar más información en la página oficial del Ministerio del Interior.
Tipos de drones FPV según la normativa
Dentro de la categoría FPV encontramos varios tipos de drones:
- Drones FPV de menos de 250 g (como algunos toothpicks o whoops).
- Drones FPV de más de 250 g, ya sean de carreras, freestyle o cinelifters.
- Drones FPV de fabricación propia, montados por uno mismo.
- Drones FPV comerciales, como el DJI Avata o similares.
Actualmente, se considera que los drones FPV no tienen marcado de clase. La clasificación y lo que puedes hacer con cada uno depende del peso, el uso, y si tienen marcado de clase (cosa que actualmente ninguno de los FPV tradicionales tiene).
Categoría abierta vs. categoría específica
En Europa, todos los vuelos de drones están regulados por dos grandes categorías operacionales:
- Categoría Abierta: para vuelos de bajo riesgo, visuales y en zonas no conflictivas.
- Categoría Específica: para vuelos con mayor riesgo, en ciudad, fuera de la línea visual (BVLOS) o cerca de personas.
En la mayoría de los casos, los drones FPV se deben volar en la Categoría Abierta, subcategoría A3, salvo situaciones muy concretas donde se justifique un vuelo en categoría específica bajo un estudio de seguridad.
Volar drones FPV en categoría abierta
Subcategoría A1 – Drones FPV de menos de 250 g (sin marcado de clase)
- Puedes volar en ciudad, cerca de personas, siempre que no sobrepases los 19 m/s.
- No necesitas formación ni Remote ID.
- Se requiere de un observador externo si se van a usar gafas FPV.
- En este apartado entran los toothpicks y tiny whoops.
Subcategoría A3 – Vuelos alejados de personas y entorno urbano
- Aquí entran todos los drones FPV de más de 250 g que no tienen marcado de clase, es decir, prácticamente todos los FPV de carreras o freestyle actuales.
- Se debe volar mínimo a 150 m de zonas residenciales, comerciales, industriales y recreativas, y nunca sobre personas no participantes.
- Requisitos: Formación A1/A3 (gratuita y online), registro como operador en AESA y etiqueta con número de registro en el dron.
- Limitaciones: Solo se puede volar en zonas rurales o campos abiertos, no puedes volar con gafas sin observador (spotter) y no puedes hacer vuelos en ciudad, ni siquiera con permisos municipales, salvo que entres en categoría específica.
¿Puedo volar con gafas FPV (goggles) en categoría abierta?
Sí, pero necesitas obligatoriamente un observador visual que mantenga contacto visual directo con el dron en todo momento y pueda advertirte de cualquier peligro. Sin observador, no puedes usar gafas FPV legalmente en categoría abierta.
Volar drones FPV en categoría específica (en ciudad)
Para volar drones FPV dentro de ciudad, hay que operar dentro de la Categoría Específica obligatoriamente, y actualmente la única opción es solicitar una autorización operacional específica (SORA). Para ello, necesitas hacer un estudio de seguridad (SORA), el cual es muy complejo y poco viable para un particular, por lo que esta opción es recomendable solamente para empresas o pilotos profesionales.
¿Necesito tener Electronic ID (Remote ID) en mi dron FPV?
Depende de la categoría y del marcado de clase:
- En Categoría Abierta:
- Solo es obligatorio el Remote ID para drones con marcado de clase C1, C2 o superior.
- Como ningún FPV actual tiene marcado de clase, no necesitas Remote ID para volar en categoría abierta.
- Solo es obligatorio el Remote ID para drones con marcado de clase C1, C2 o superior.
- En Categoría Específica:
- Sí necesitas Remote ID para cualquier dron, ya sea de DJI, FPV o fabricado por ti.
- Si tu dron no lo tiene integrado, debes ponerle un módulo externo.
- Sí necesitas Remote ID para cualquier dron, ya sea de DJI, FPV o fabricado por ti.
¿Puedo usar drones FPV construidos por mí?
Sí, totalmente legal en categoría abierta, subcategoría A3, cumpliendo estos requisitos:
- Pesar más de 250 g (si pesan menos, podrías volar incluso en A1).
- Estar registrado como operador en AESA.
- Tener la formación A1/A3.
- Etiquetar el dron con tu número de operador.
- Volar lejos de zonas urbanas y personas.
Tabla resumen de los requisitos según el peso del dron
| Peso del dron | Categoría | Subcategoría | ¿Dónde puedes volar? | Formación | Remote ID |
| < 250 g | Abierta | A1 | En ciudad, cerca de personas | No requerida | No |
| 250 – 900 g | Abierta | A3 | Fuera de zonas urbanas | A1/A3 | No |
| > 900 g | Abierta | A3 | Fuera de zonas urbanas | A1/A3 | No |
| Cualquier peso | Específica | STS-ES-01 / SORA | En ciudad o vuelos especiales | STS o SORA | Sí |
Recomendaciones finales para pilotos FPV
- Si vas a grabar en ciudad de forma profesional, considera asociarte con una operadora o gestor que tenga experiencia en seguridad aérea.
- Utiliza zonas de vuelo designadas o clubes de aeromodelismo para evitar problemas legales.
- Considera volar FPV ligero (<250 g) si quieres más flexibilidad sin entrar en la categoría específica.
- Si usas Avata o similares, recuerda que solo puedes volar en categoría A3, salvo que estén declarados como específicos.
Volar drones FPV sigue siendo posible, pero la normativa se vuelve más exigente, especialmente si quieres operar en zonas urbanas o con drones pesados. La clave es adaptarse al entorno legal y conocer bien las categorías, requisitos y limitaciones según el tipo de dron que usas.
El FPV no está prohibido, pero sí restringido a ciertos entornos y condiciones si no tienes las titulaciones o no has hecho la declaración operacional. La buena noticia es que los drones de menos de 250 g te dan mucha libertad, y los drones sin marcado de clase aún pueden volarse fuera de zonas urbanas con normalidad.
Si quieres profundizar más sobre la normativa de los drones FPV y los drones en general, puedes visitar la normativa de los drones completa y actualizada.

Preguntas frecuentes de la normativa de drones FPV
Sí. En España, cualquier piloto de dron FPV con cámara, independientemente del peso, debe registrarse como operador en AESA. El registro es gratuito y se hace online.
Depende del peso y la categoría. En categoría abierta, menos de 250 g no requiere formación oficial; de 250 g a 25 kg requiere superar los cursos A1/A3 y, en algunos casos, A2.
La categoría abierta aplica si vuelas en línea visual o con observador, en zonas permitidas y cumpliendo los límites de peso. La específica se aplica si vuelas fuera de línea visual (BVLOS), en zonas urbanas o con riesgos añadidos.
Normalmente A1, que permite volar cerca de personas no participantes, pero nunca sobre multitudes.
No en categoría abierta. Necesitarías un escenario estándar (STS) o autorización en categoría específica.
En categoría abierta, de momento no es obligatorio para drones sin marcado de clase, pero lo será para nuevos modelos a partir de 2026.
No. Es obligatorio contar con un observador que mantenga contacto visual directo con el dron.
En A3 se debe volar a más de 150 m de zonas residenciales, industriales, recreativas o comerciales y lejos de personas no participantes.
Solo está permitido en categoría específica con un estudio SORA o un escenario estándar STS-02 autorizado.
Requiere formación teórica y práctica específica, seguro obligatorio, equipo conforme a marcado de clase C5/C6 y, en muchos casos, una declaración operacional.
Desde enero de 2024 para nuevos modelos; los drones anteriores pueden seguir usándose si se adaptan y cumplen requisitos.
Sí, siempre que superen los 250 g o vuelen en categoría específica. En España es altamente recomendable incluso para menos de 250 g.
Si tu dron tiene cámara o sensor capaz de capturar datos personales, debes registrarte como operador y cumplir con la Ley de Protección de Datos.
Hasta el 1 de enero de 2026, siempre que el dron cumpla las condiciones técnicas establecidas en la normativa transitoria.
Sí, pero se considerará como dron sin marcado de clase y estará sujeto a las limitaciones correspondientes, como volar solo en A3 si supera los 250 g.

